Código Ético

El C.D. Galapagar se caracteriza desde su fundación por sus valores, por ser responsable, abierto, valiente y comprometido; por su sentido determinante y de responsabilidad corporativa hacia todos los grupos de interés con los que se relaciona.

Asimismo, el C.D. Galapagar está comprometido con el deporte, con la formación y el desarrollo de los jóvenes deportistas y con el apoyo pleno e incondicional a la lucha del deporte contra:

  • La violencia en todas sus formas.
  • El racismo, la xenofobia y todo tipo de intolerancia hacia las personas.
  • El acoso y violencia de cualquier clase, y muy especialmente el acoso contra los menores y hacia la mujer.
  • El amaño de partidos, las apuestas ilegales y en general cualquier modo de corrupción.
  • El dopaje y toda alteración de la limpieza en la competición.
  • Las drogas y cualquier hábito de consumo nocivo o peligroso para la salud de las personas y para el desarrollo de los jóvenes.

1. OBJETIVO, VISIÓN Y VALORES DEL C.D. GALAPAGAR

OBJETIVO

El C.D. Galapagar es un club abierto y multicultural, apreciado y respetado y por los valores que difunde, que dentro y fuera del terreno de juego, contribuye a colmar las expectativas de sus socios y seguidores, así como de sus deportistas.

VISIÓN

El C.D. Galapagar da respuesta a las ilusiones y expectativas de todo su tejido social, preserva su legado histórico, gestiona su patrimonio con rigor y transparencia en beneficio de esos socios y de sus deportistas, y actúa con criterios de responsabilidad social y buen gobierno corporativo.

VALORES

ESPÍRITU COMPETITIVO – El C.D. Galapagar tiene como meta llegar a lo más alto en todas las competiciones y actividades en las que participa, sin darse jamás por vencido y dando prueba de su entrega, de su constancia en el trabajo y de su lealtad a su afición.

DEPORTIVIDAD – El C.D. Galapagar es una entidad sincera y honesta en la competición, que obra en ella de buena fe y que respeta a todos los equipos con los que rivaliza y a sus respectivas aficiones. Siempre desea mantener relaciones fraternales y solidarias con todos los demás clubes y entidades, ofreciendo a estos y a las autoridades deportivas locales, regionales y nacionales su continua colaboración.

COMPROMISO Y CALIDAD – El C.D. Galapagar aspira a contar entre sus filas con jugadores españoles y extranjeros, inculcándoles su compromiso con los valores propios del Club, y a corresponder al apoyo de la afición con un trabajo deportivo basado en criterios de calidad, disciplina y capacidad de sacrificio. En la gestión de sus actividades se atiene a principios de buen gobierno y a la búsqueda permanente de la excelencia.

FILOSOFÍA DE EQUIPO – Cuantos forman parte del C.D. Galapagar, tanto los deportistas como el resto de personas que lo componen, se comprometen a trabajar en equipo, aportando lo mejor de sí mismos en beneficio del colectivo y sin egoísmos personales.

FORMACIÓN – El C.D. Galapagar consagra un esfuerzo máximo y permanente al descubrimiento y educación de nuevos valores deportivos, dedicando la atención y los recursos necesarios a las Categorías Inferiores y a su Escuela de Fútbol, cuidando no sólo la formación deportiva de los jóvenes, sino también su formación social, ética y ciudadana.

RESPONSABILIDAD SOCIAL – El C.D. Galapagar es consciente de la gran repercusión social de sus actividades y por ello dedica recursos a cumplir los más altos estándares de buen gobierno corporativo y a la promoción de los mejores valores deportivos, al fortalecimiento de sus relaciones con sus socios y seguidores, y al desarrollo de proyectos solidarios en favor de los colectivos más necesitados dentro y fuera de Galapagar.

RESPONSABILIDAD ECONÓMICA – El C.D. Galapagar es consciente de que gestiona activos materiales e inmateriales de cierto gran valor e importancia, por lo que se compromete a administrarlos de manera responsable, eficaz y honesta en beneficio de sus socios.

2. CÓDIGO ÉTICO DEL C.D. GALAPAGAR

2.1. OBJETO

2.1.1. El Club Deportivo Galapagar tiene un compromiso firme con valores y principios basados en la ética, la dignidad, la honorabilidad, y la responsabilidad. Como entidad deportiva, se identifica plenamente con el espíritu de la competición bajo estrictas normas de juego limpio, y con la lucha del deporte contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia.

El C.D. Galapagar se compromete a facilitar a todos sus directivos y demás integrantes de la Estructura Organizativa [en adelante EO], unas condiciones dignas y justas. Del mismo modo, respeto a la dignidad humana y protección de los menores de edad. Para el C.D. Galapagar, el respeto a la integridad y dignidad humana es un principio fundamental dentro de su estrategia social y corporativa. Por ello, se exige a todo el personal que actúe en nombre del Club un trato escrupuloso en las relaciones personales mantenidas con terceros, estando prohibido cualquier tipo de comportamiento que pueda menoscabar su dignidad.

El C.D. Galapagar NO tolerará ningún tipo de conducta abusiva, hostil u ofensiva, ni la discriminación por razón de raza, sexo, orientación sexual, creencia, ideología, religión, origen social, discapacidad, nacionalidad, edad o circunstancia de cualquier otra índole entre cualquiera de los miembros integrantes del Club independientemente del rango o cualificación que se posea.

En este sentido, el C.D. Galapagar rechaza y condena tajantemente cualquier conducta que implique un trato humillante, hostil o vejatorio hacia las personas, especialmente en aquellos supuestos en los que se aproveche una situación de supremacía, necesidad o vulnerabilidad; es decir, cualquier tipo de acoso o violencia. Cualquier comportamiento, verbal o físico (utilización de la fuerza), continuado en el tiempo y deliberado, que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona o un grupo de comunidad, por parte de otra persona u otras en particular, creando un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo, colocándose en situación de superioridad, ya sea de naturaleza personal, sexual o profesional. Teniendo muchas probabilidades de causar lesiones, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones.

El C.D. Galapagar establecerá, a tal efecto, un protocolo o guía de criterios para identificar las posibles situaciones e indicadores de intolerantes comportamientos.

Asimismo, se exige a todas las personas que sean socios o aficionados, un comportamiento no ya solo ético, sino especialmente cuidadoso y respetuoso, en el trato hacia menores de edad y hacia la mujer relacionados con el Club.

De igual manera, los socios y aficionados del Club deberán mantener un comportamiento adecuado e íntegro tanto dentro, como fuera de las instalaciones deportivas del Club. No se tolerarán bajo ningún concepto conductas, actuaciones o cualesquiera otros tipos de prácticas que impliquen un trato vejatorio, degradante o discriminatorio, incluyendo las manifestaciones o la exhibición de símbolos, pancartas o mosaicos no apropiados. En este sentido, el Club pondrá sus mejores esfuerzos para que sus aficionados muestren en el estadio un comportamiento cívico, responsable y respetuoso con los principios del C.D. Galapagar.

2.1.2. En virtud de dicho compromiso, este Código Ético, tiene como objeto establecer una guía de conducta con normas de obligado y estricto cumplimiento que permitan contribuir a salvaguardar, promocionar y divulgar los valores y principios antes expuestos y, con ello, al mantenimiento del buen nombre y prestigio de la Entidad. A su vez, el C.D. GALAPAGAR tiene establecido un REGLAMENTO DE RÉGIMEN GENERAL INTERNO Y DISCIPLINA DEPORTIVA de obligatorio cumplimiento.

2.1.3. El Código Ético tiene como destinatarias a todas las personas que componen su Organigrama General: Junta Directiva, Órganos de Gobierno y de todas aquellas que también forman parte de la EO del C.D. Galapagar: Deportistas, técnicos, entrenadores, monitores, auxiliares, equipo de rehabilitación/recuperación y colaboradores. (*)

Por extensión, se aplicará también a socios, padres, madres e invitados y, a toda persona que en un momento dado desarrolle funciones relevantes en el Club, o preste servicios al C.D. Galapagar, independientemente de que su vinculación con el Club sea de carácter deportivo, como colaboración, a nivel social o de otro tipo. Por ello, a título enunciativo y sin carácter exhaustivo, será también de aplicación a la actuación en el Club de aquellas personas integrantes de entidades u organismos colaboradores.

(*) A todos los miembros de la EO del C.D. Galapagar se les presentará una copia del Código Ético que deberán firmar como aceptación del mismo y en acreditación de su entrega.

2.2. PRINCIPIOS Y VALORES GENERALES

2.2.1. El C.D. Galapagar se adhiere sin reservas a la Declaración Universal de Naciones Unidas sobre los Derechos Humanos, Protección del Medioambiente y Lucha en general contra la Corrupción, a los que debe contribuir de forma permanente la actuación de todos los miembros de la EO del Club.

2.2.2. El C.D. Galapagar espera de todos sus componentes un comportamiento ejemplar. Los miembros de la EO del Club, además de cumplir estrictamente con las normativas legales en todas sus directrices, se abstendrán de llevar a cabo comportamientos que, aun no siendo objeto de reproche jurídico-legal, puedan resultar reprobables desde un punto de vista ético. Su conducta se guiará por los siguientes principios y valores:

  • Integridad, transparencia y responsabilidad ética en sus relaciones con los demás integrantes y con los socios del C.D. Galapagar, colaboradores o terceros con los que, con objeto de su desempeño, hayan de colaborar o establecer relación.
  • Dedicación a las funciones encomendadas por el C.D. Galapagar, con expresa renuncia a cualquier tipo de desempeño de actividad que pueda suponer competencia o conflicto de interés con ellas, o bien perjudique el nivel de actuación exigible.
  • Rectitud de comportamiento en el uso y/o manejo de los bienes (tangibles o intangibles), útiles de trabajo, materiales, informes, contenidos etc., puestos a su disposición para el trabajo en el Club.
  • Máxima confidencialidad en relación con cualquiera de las actuaciones, informaciones o cuestiones de cualquier índole que afecten al C.D Galapagar, sus miembros de la EO del Club y cualesquiera terceros vinculados con el Club.
  • Fidelidad al espíritu deportivo de juego limpio, luchando sin reservas contra todo tipo de fraude en la competición o de amaño de resultados deportivos, incluyendo también el dopaje como forma de adulterar el rendimiento deportivo y atentar contra la salud de los deportistas. Colaborando, en todo momento, con la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte [AEPSAD].
  • Identificación plena con los valores del deporte, combatiendo activamente cualquier acto de violencia, racismo, xenofobia o intolerancia en el deporte.

2.3. RELACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA EO DEL CLUB CON LOS SOCIOS

2.3.1. Los miembros de la EO del Club se conducirán, en su relación con los socios y aficionados del C.D. Galapagar, con arreglo a estrictos principios de neutralidad, sin que puedan beneficiar a un socio en particular frente al resto.

2.3.2. Ningún miembro de la EO del Club podrá obtener un beneficio personal por su relación con los socios del mismo.

2.3.3. El principio de neutralidad se extenderá a todos los actos sociales y, muy especialmente, a los procesos electorales y asambleas de socios.

2.4. RELACIONES ENTRE LOS PROPIOS MIEMBROS DE LA EO DEL C.D. GALAPAGAR

2.4.1. Se respetarán los derechos a la dignidad, igualdad de trato, no discriminación y restantes derechos fundamentales, sin que, en ningún caso, sean tolerables conductas que puedan ser consideradas como discriminadoras o de acoso un hostigamiento, de cualquier índole, en su caso, con ocasión de algún tipo de relación contractual mantenida con el C.D. Galapagar.

2.4.2. Los integrantes de la EO del Club, mantendrán los máximos niveles de integridad y ética respecto de la relación con los miembros del plantel deportivo de la Entidad y las informaciones referentes al mismo que les sean participadas. En ningún caso podrán buscar u obtener, ya sea para sí o para terceros, beneficios de tales actuaciones, quedando prohibidas, a título ilustrativo, conductas como las que se detallan a continuación:

  • Cualquier tipo de comportamiento que pueda entenderse como aprovechamiento de la imagen y/o reputación de los/las deportistas del C.D. Galapagar, o la presencia de directivos, jugadores o técnicos para actos o eventos particulares, incluso contando con su consentimiento.
  • Las actuaciones que evidencien u ocasionen un daño o perjuicio a la imagen y/o reputación de los deportistas del C.D. Galapagar.
  • Aquellas actitudes que revelen, al exterior o a terceros ajenos al Club, cualquier tipo de información concerniente a la práctica de los deportistas, así como la relacionada con su desarrollo personal o familiar y, especialmente, con sus datos personales y contractuales.

2.5. RELACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA EO CLUB CON COLABORADORES EXTERNOS

2.5.3. Los miembros de la EO del C.D. Galapagar evitarán colocarse en situaciones que pudieran ser entendidas como conflicto de intereses en las relaciones mantenidas con colaboradores del Club, obligándose a comportarse, en cualquier circunstancia, haciendo preponderantes los intereses del C.D. Galapagar. En caso de conflicto de interés, la persona afectada deberá revelarlo y abstenerse de cualquier influencia o participación en el proceso de decisión.

2.5.4. Del mismo modo, miembros de la EO del Club respetarán el deber de sigilo sobre las informaciones que les sean reveladas de los colaboradores, considerándose aquéllas, a todos los efectos, como información confidencial.

2.5.5. Queda terminantemente prohibido que los miembros de la EO del Club soliciten y/o reciban cualesquiera tipos de dádivas, presentes u obsequios, patrocinios, etc. de los colaboradores del C.D. Galapagar. Únicamente quedan excluidas de esta prohibición las pequeñas atenciones de cortesía (como por ejemplo obsequios navideños o de fin de temporada) por cuantías acordes con los usos sociales. De forma recíproca, tampoco se ofrecerán regalos a terceros más allá de los autorizados de forma institucional y que siempre se mantendrán en los límites comunes dentro de las buenas prácticas.

2.5.6. Queda terminantemente prohibido y será considerado actividad concurrente o competidora, que los miembros de la EO del Club presten cualquier tipo de servicio retribuido a favor de los colaboradores del Club.

2.5.7. Los miembros de la EO del Club, serán especialmente rigurosos en la realización de gastos de representación, administrando de modo muy estricto los mismos, limitando los mismos al mínimo imprescindible y siempre por necesidades del Club.

2.6. RELACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA EO DEL CLUB CON OTROS COLECTIVOS ESPECÍFICOS (INTERNOS Y EXTERNOS)

2.6.1. Además de todas las obligaciones recogidas en los apartados precedentes, los miembros de la EO del Club observarán, respecto de los colectivos que a continuación se refieren, un comportamiento acorde con los Principios y Valores de este Código Ético; en concreto:

  • En su relación, muy especialmente, con los jugadores menores de edad de las categorías inferiores y de la Escuela. Sin perjuicio del cumplimiento de cuantas obligaciones les sean exigibles, los miembros de la EO guiarán su conducta hacia estos jugadores con estricta observancia de los principios de neutralidad, imparcialidad e igualdad de trato, con pleno compromiso con la lucha contra el racismo, la xenofobia, las drogas y la violencia en el deporte. Respecto a los menores de edad, el Club es consciente de la protección especial de que deben gozar para desarrollarse como deportistas y como personas. En consecuencia, los miembros de la EO del C.D. Galapagar extremarán el cuidado para evitar cualquier forma de abuso o acoso de todo tipo por parte de cualquier persona y prestarán especial atención y vigilancia a nuestros/as deportistas jóvenes, a los que dedicarán supervisión y apoyo. Todos los integrantes de la EO del C.D. Galapagar extremarán el celo en el cumplimiento de las normativas de protección de menores en los procesos de incorporación de jugadores a las categorías inferiores y a la Escuela, así como en la formación y el desarrollo de nuestros/as deportistas más jóvenes.
  • En su relación con los agentes o representantes de jugadores: Los miembros de la EO del Club tendrán prohibida cualquier tipo de conducta o actuación coordinada con los agentes o representantes de jugadores/as, o instigada por éstos, que pueda suponer la utilización de la figura o el nombre del C.D Galapagar para conseguir un beneficio reputacional, económico o de imagen, en favor del jugador/a representado o de su agente o representante. Dichos miembros defenderán en todas las operaciones el interés del C.D. Galapagar, evitando cualquier actuación que pueda encarecer los fichajes de jugadores/as del Club.
  • En su relación con los medios de comunicación social: Como principio general, y salvo aquellos específicamente habilitados por el C.D. Galapagar como portavoces o bien hayan recibido una autorización expresa de la Junta Directiva, los miembros de la EO del Club se abstendrán de mantener relación con cualquier tipo de medio de comunicación social en temas relacionados directa o indirectamente con el C.D. Galapagar. Salvo expresa del Club, los miembros del EO del Club cuando expresen opiniones personales en público, deberán hacer explicito que estas opiniones no representan al Club. En cualquier caso, el integrante del EO del C.D. Galapagar observará con la mayor pulcritud su deber de confidencialidad respecto de la información de la que haya tenido conocimiento con motivo del desempeño de su actividad en el Club. A tal efecto, los miembros de la EO deberán firmar un Convenio de Confidencialidad de los principios expuestos.
  • Comportamiento público o privado: Todos los miembros de la EO del C.D. Galapagar se abstendrán de cualesquiera comportamientos públicos o privados que puedan ser asociados con la pertenencia y/o función de dichos miembros que atenten contra la buena imagen del mismo, su prestigio o su reputación.
  • Otras actuaciones: Quedan expresamente prohibidas, entre otro tipo de actuaciones, aquéllas mediante las cuales los miembros de la EO del Club C.D. Galapagar directa o indirectamente puedan obtener beneficio, ya sea económico o de otro tipo, por su acceso a la información y a los eventos que organiza el Club, especialmente mediante la suscripción de cualquier género de apuestas deportivas en las que figure el C.D. Galapagar, o la reventa de entradas, invitaciones, abonos o pases para cualquier competición en la que participe el Club, así como facilitar de forma fraudulenta el acceso de cualquier persona a los distintos espectáculos deportivos u otros.
  • Igualmente, queda terminantemente prohibida cualquier actuación dirigida a predeterminar, mediante precio, intimidación o simples acuerdos, el resultado de un partido o competición. El fraude o amaño en la competición deportiva es totalmente contrario a los Principios y Valores del Club y al espíritu del Deporte, por lo que será perseguido y sancionado con la máxima severidad, incluyendo el dopaje como adulteración del rendimiento deportivo y riesgo para la salud de los deportistas.

2.7. DATOS DE CARÁCTER PERSONAL – PROTECCIÓN DE DATOS – CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD

El C.D. Galapagar y sus integrantes que, por razón de su cargo, manejarán datos de carácter personal de sus miembros y de directivos o socios sólo podrán hacer uso de tales datos de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica (3/2018, de 5 de diciembre) de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales y normativa que la desarrolla y atendiendo en todo momento a los procedimientos internos implantados en el seno del Club. Igualmente, el tratamiento de los datos de carácter personal deberá ajustarse al fin para el que fueron recabados.

2.8. USO DE HERRAMIENTAS INFORMÁTIVAS Y REDES SOCIALES

2.8.1. Los sistemas, equipos y herramientas informáticos o de comunicación que el C.D. Galapagar pone a disposición de sus miembros de la EO tendrán un uso o destino eminentemente funcional del Club, y su utilización para fines privados sólo podrá estar justificada por razones de urgencia o necesidad, quedando restringida al mínimo posible y con exclusión, con carácter general, de usos de carácter lúdico, de entretenimiento o con fines comerciales ajenos a la actividad para el C.D. Galapagar.

2.8.2. El C.D. Galapagar se reserva el derecho de efectuar comprobaciones en los sistemas, equipos y herramientas informáticas o de comunicación que utilizan sus miembros, con sujeción a la normativa legal de aplicación.

2.8.3. Los miembros de la EO del C.D. Galapagar deberán guardar en todo momento sus archivos y documentos de trabajo informáticos en los directorios de red expresamente habilitados al efecto (sin perjuicio del uso de las contraseñas que sean necesarias). El Club podrá acceder a cualesquiera otros archivos, directorios o sistemas de almacenamiento.

2.8.4. Los miembros de la EO del C.D. Galapagar evitarán cualquier utilización de su cargo en el Club, sus símbolos y la imagen de sus equipos y jugadores, en su presencia a título personal en redes sociales y páginas web. Incluso a título personal, en sus publicaciones en estos medios o en cualquier otro.

2.8.5. Los miembros de la EO del C.D Galapagar se abstendrán de emitir cualquier tipo de mensaje contrario a la política y los valores del Club en materia de protección de menores y de lucha contra el fraude en la competición, el dopaje, la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.

3. COMISIÓN ÉTICA DEL CLUB DEPORTIVO GALAPAGAR

3.1. CONSTITUCIÓN -ESTRUCTURA

3.1.1. Dada la trascendencia del presente Código Ético, el C.D. Galapagar procederá y tendrá constituida, en consecuencia, una Comisión Ética, que se encargará de vigilar la observancia y el cumplimiento de los preceptos, obligaciones e instrucciones contenidos en el mismo.

3.1.2. La Comisión Ética estará compuesta por un total de tres (3) o cuatro (4) miembros designados por la Junta Directiva del C.D. Galapagar.

3.1.3. Las principales funciones de la Comisión Ética, sin perjuicio de otras que contribuyan a su consecución o bien le sean debidamente atribuidas por la Junta Directiva, serán las siguientes:

  • Interpretar el contenido de este Código Ético y, en su caso, ofrecer la resolución de las eventuales discrepancias interpretativas que pudieran surgir respecto del mismo.
  • Aclarar cuantas dudas le sean sometidas en materia de comportamiento y actuación por parte de los empleados.
  • Efectuar una función de seguimiento y de propuesta de actualizaciones o modificaciones del Código Ético. En cualquier caso, la modificación del Código Ético será competencia exclusiva de la Junta Directiva.
  • Resolver las eventuales denuncias que, al amparo del procedimiento regulado en apartados posteriores, sean efectuadas por eventuales incumplimientos de las obligaciones del Código Ético.
  • Divulgar, promocionar y hacer observar las obligaciones que dimanan o procedan del Código Ético.

3.2. PROCEDIMIENTO DE DENUNCIA, INVESTRIGACIÓN Y SANCIÓN

3.2.1. El procedimiento que seguidamente se desarrolla tiene como fin la denuncia, investigación y, en su caso, sanción, de aquellas conductas que vulneren las normas establecidas en el Código Ético. 3.2.2. El procedimiento se guiará por los principios de confidencialidad, contradicción, inmediatez y celeridad e interrumpirá la prescripción de los posibles incumplimientos. Sus principios reguladores son los siguientes:

  • Cualquier miembro de la EO del Club que sea conocedor de la posible existencia de un incumplimiento del Código Ético, habrá de poner en conocimiento de la Comisión Ética los hechos que considere relevantes a tal efecto, con el mayor grado de detalle posible.
  • En este sentido, la comunicación o notificación de los hechos y demás circunstancias relevantes podrá realizarse, bien por comunicación escrita dirigida a la Comisión Ética, o bien mediante comparecencia ante el cargo de la Junta Directiva designado por el Club, que elevará acta de las manifestaciones que habrá de resultar firmada por el informante. La identificación de la persona que formula la comunicación de los hechos tendrá la consideración de información confidencial.
  • En el supuesto de que se apreciasen indicios de vulneración del Código Ético, la Comisión Ética promoverá una investigación de carácter confidencial en la que podrá requerirse la colaboración de las personas afectadas. El resultado será comunicado a los interesados y en el caso de que la investigación probase la posible existencia de una infracción del Código Ético, se comunicará a la Junta Directiva para la implementación de las medidas sancionadoras o exculpatorias en cada caso.

3.3. SEGUIMIENTO, REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL CÓDIGO ÉTICO

El presente Código Ético refleja las prácticas que, aunque no formalmente reguladas anteriormente, se han venido llevando a cabo en el Club. El Código Ético será objeto de seguimiento, revisión y actualización permanente, atendiendo a los informes de la Comisión Ética y/o a las propuestas y sugerencias que realicen miembros de la EO del C.D. Galapagar, con el fin de que sea revisado periódicamente y posteriormente reconocido y aprobado por la Junta Directiva para asegurar su adaptación a las condiciones de cada momento.